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Tras 6 Años de Batalla Legislativa Senado Prohíbe Terapias de Conversión

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Tras seis años de batalla legislativa, finalmente, el Senado de la República reformó el Código Penal Federal y la Ley General de Salud para sancionar y prohibir definitivamente las llamadas terapias de conversión en todo el territorio nacional.

De esta manera, se impondrán de dos a seis años de prisión a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

Con 77 votos a favor, 4 en contra y 15 abstenciones, la LXV Legislatura del Senado aprobó la adición del artículo 209 Quintus al Código Penal, y del 465 Ter a la Ley General de Salud, por lo que el documento será enviado al Ejecutivo Federal para ser publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Fue en agosto de 2018 cuando la senadora Patricia Mercado, en conjunto con otras legisladoras presentó una iniciativa para prevenir y sancionar dichas terapias conocidas también como Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual  e Identidad de Género (ECOSIG).

Cuatro años más tarde, el 11 de octubre de 2022, el Senado de la República dio el primer paso para sancionar y prohibir los ECOSIG en todo el territorio nacional. En esa ocasión, con 59 votos a favor, dos votos en contra y 15 abstenciones, la LXV Legislatura reformó el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

Así, el dictamen pasó a la Cámara de Diputados para su ratificación, donde el 23 de marzo de 2023 con un conversatorio convocado por las Comisiones Unidas de Salud, Diversidad Sexual, y Justicia, inició el análisis de la minuta con proyecto de decreto enviada por el Senado de la República.

El 19 de abril de ese año, el documento fue avalado por dichas comisiones y se dijo listo para el pleno, sin embargo, una observación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el sentido de que el dictamen contenía penas de carácter permanente y de que debía establecer una unidad o medida de tiempo, más el escaso interés de las y los legisladores del Grupo Parlamentario mayoritario, detuvo el proceso legislativo.

Un año más tarde, el 23 de marzo de 2024, Elizabeth Pérez, diputada federal del Grupo Parlamentario del PRD, presentó junto con Juan José Barrientos y Salma Luévano, una reserva para corregir errores de técnica parlamentaria.

La reserva presentada en tribuna por Pérez Valdez buscó que el artículo 209 Ter del Código Penal no se modificara y que en su lugar se adicionara el 209 Quintus, y que en la Ley General de Salud el precepto 465 Bis tampoco se reformara, y en su lugar se adicionara el 465 Ter, lo que finalmente se aprobó esta madrugada por el Senado de la República.

Las observaciones presentadas por Elizabeth Pérez contribuyeron a que el Grupo Parlamentario del PAN rompiera con su histórica unanimidad en el rechazo a los temas de diversidad sexual, en esta ocasión, de los 16 legisladores presentes, cuatro votaron a favor: Kenia López Rabadán,-quien además es Jefa de Oficina de la candidata presidencial Xóchitl Gálvez; Guadalupe Saldaña Cisneros, Juan Moya Clemente, y Adriana Jurado Valadez.

De esta manera, y siempre con el voto a favor del Grupo Parlamentario del PRD encabezado por Miguel Ángel Mancera, las y los senadores votaron a favor de prohibir las terapias de conversión.

Por último, en el ámbito local, sólo 18 entidades federativas -Ciudad de México, Estado de México, Oaxaca, Tlaxcala, Colima, Zacatecas, Yucatán, Baja California Sur, Jalisco, Puebla, Hidalgo, Baja California, Sonora, Nuevo León, Querétaro, Sinaloa, Quintana Roo y Morelos- han votado en contra de los ECOSIG.

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